LOS VALORES EN LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA

23 septiembre 2011

Para cumplir con estos fines, el sistema escolar debe hacerse cargo de todos los factores que inciden en la formación integral de los niños, niñas y jóvenes, incorporando la experiencia de las comunidades educativas, integrando el pensamiento de educadores y académicos.

Desde estas bases conceptuales y empíricas, es necesario examinar qué factores fortalecen y cuáles dificultan el logro de los objetivos señalados. En lo que se refiere a los valores de convivencia y participación responsable y activa en la comunidad, es claro que las prácticas discriminatorias y abusivas, tales como la exclusión, el matonaje, la violencia de alumnos más grandes hacia los más pequeños y otras similares, deben estar ausentes de las comunidades escolares, ya que son obstáculo serio para la formación de personas autónomas, respetuosas de las normas, solidarias y participativas, personas con valores, y habilidades que le permitan convivir íntegramente en la sociedad de hoy.

Mejorar la convivencia social en las escuelas significa asegurar relaciones respetuosas entre los miembros de la comunidad educativa y superar las prácticas discriminatorias. Significa aprender y enseñar a los alumnos y alumnas a desenvolverse en una institucionalidad normada por reglas de derecho consentidas y respetadas, resolviendo los conflictos de manera justa y formativa. Una convivencia escolar así entendida, es la anticipación de la vida social que queremos para la provincia y el país.

Las normas que conduzcan a estos fines deben considerar y proteger los derechos de los estudiantes y de todos los miembros de la comunidad educativa, evitando concepciones reivindicatorias y confrontacionales. La perspectiva del resguardo de derechos debe estar animada por el desarrollo de un sentido de comunidad, de proyecto compartido. De allí surge la responsabilidad por el otro, presente en los valores de solidaridad y colaboración. A la mirada de los derechos hay que agregar también la mirada de la responsabilidad. A la mirada de los derechos individuales hay que agregar también la construcción de comunidad, de proyecto común.

La Política de Convivencia Escolar pretende ser un marco para las acciones que el Ministerio de Educación realice en favor del objetivo de aprender a vivir juntos. Así, esta Política cumplirá una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores emprenden y emprenderán en favor de la formación en valores de convivencia: respeto por la diversidad; participación activa en la comunidad; colaboración; autonomía y solidaridad. Tiene además un carácter estratégico, pues por una parte ofrece un marco de referencia que otorga sentido y coherencia a dichas acciones y, por otra, busca promover y estimular las acciones específicas que vayan teniendo lugar en los distintos sectores.

El diseño de las normas de convivencia escolar responde a la necesidad de fortalecer el desarrollo y logro de los objetivos fundamentales, así como los principios de convivencia democrática, participativa y solidaria que configuran nuestra visión de país.
El sistema de normas de convivencia escolar contiene las orientaciones éticas, valóricas y operativas, que permitirán disponer de un instrumento de planificación efectivamente sistémico, que contribuirá a instalar en la gestión educativa la definición de cuál será la responsabilidad de cada uno de los actores involucrados, concordar y consensuar las orientaciones valóricas que nos inspiran, diseñar en conjunto las acciones que deben llevarse a cabo y definir compromisos compartidos. Es necesario que las comunidades educativas hagan suyos estos propósitos en el marco de su proyecto educativo y que demanden del Equipo Multidisciplinario de Derecho Educativo todos los apoyos y acompañamientos que se explicitan a través de esta propuesta. Estos compromisos sólo podrán cumplirse en la medida en que trabajemos en forma interdependiente, garantizando eficiencia y eficacia en la protección integral de una convivencia sana y estimulante que favorezca el desarrollo de los niños, niñas y jóvenes, tanto en la calidad de sus relaciones interpersonales, como en mejoramiento de los aprendizajes, en su formación jurídica y en el sentido que den a su quehacer y a su vida.

La cultura escolar está configurada por elementos formales, como pueden ser ciertos rituales, definiciones estéticas, rutinas, espacios asignados a determinados objetivos. Pero se configura también a partir de estilos de relación: la presencia o ausencia del afecto en el trato; la manera de abordar las situaciones de sanción; la mayor o menor posibilidad de expresarse que tienen los estudiantes, docentes, apoderados y demás miembros de la comunidad educativa; la apertura de los espacios de la escuela para actividades no programadas de los alumnos y alumnas; la acogida o rechazo que alumnos, padres o docentes encuentren frente a sus propuestas o inquietudes, y así, tantos factores que hacen la vida cotidiana. Todos ellos van dando forma y calidad a la convivencia y serán elementos que incidirán fuertemente en el nivel de pertenencia de los miembros de la comunidad educativa.

La ética nos remite a los valores que la comunidad educativa ha establecido como valores fundamentales en el proyecto normativo. Son los valores que impregnan la misión y visión de la escuela; que configuran la relación entre los actores; orientan los sentidos de la normativa escolar; definen criterios frente a procedimientos de resolución de conflictos. Del mismo modo, es la ética consensuada, compartida, conocida, que unifica y da sentido al conjunto de acciones, saberes y lenguajes a los que los docentes dan vida a diario.
La consistencia ética refiere a la coherencia entre los valores declarados y la vivencia de ellos en el ámbito escolar. En otras palabras, a la coherencia y consistencia entre el decir y el hacer pedagógico.
A través de la convivencia escolar se transmiten modelos —consciente o inconscientemente— a los niños, niñas y jóvenes. Precisamente en las vivencias y expresiones del diario convivir,
La transversalidad de los valores es una cuestión ineludible, puesto que la escuela es el primer espacio público de aprendizajes de códigos de vida comunitaria fuera de la familia. Probablemente la escuela es el espacio en donde el tiempo se transforma en historia y las relaciones humanas allí experimentadas se transforman en modelo de leyes de convivencia social.
La concordancia entre misión-visión del proyecto normativo y el estilo relacional que se promueve al interior de la comunidad educativa constituye un medio y un fin de aprendizaje en sí misma.
La noción de calidad en la convivencia debe concebir la disciplina de un ordenamiento de la vida en común, originada en los valores que identifican a la comunidad educativa y formulada en base a la participación y a la integración. De esa manera, no se trata de adherir la normativa, sino de darle sentido formativo. En ello encontramos las bases de la formación jurídica y de la calidad de convivencia.